Impuesto a las Ganancias

Díaz, Florencia Natalia

Autor:
Díaz, Florencia Natalia
Autor secundario/Colaboradores:
Moro, Marcelo del (Director de Tesis) 
Título:
Impuesto a las Ganancias: nuevo criterio de imputación de los ajustes fiscales
Nota general:
Mediante el presente trabajo integrador nos avocaremos al análisis intensivo del séptimo párrafo del Artículo 18 de la Ley de Impuesto a las Ganancias en pos de obtener conclusiones respecto del cambio de criterio en la imputación de los ajustes impositivos practicados por el fisco. Cabe destacar que, durante el desarrollo del trabajo, definiremos qué debe entenderse por ajuste fiscal, tanto doctrinaria como judicialmente, y analizaremos pormenorizadamente casos de jurisprudencia vinculada al tema. Se pondrá mayor énfasis en el análisis en la controversia planteada cuando se interpone un recurso judicial contra la determinativa de oficio llevada adelante por el fisco, donde el contribuyente no comparte las cuestiones de fondo del ajuste efectuado. En tal sentido, y previo a la modificación introducida por la Ley 27.346 B.O. 27/12/2016, el Articulo 18 de la Ley de Impuesto a las Ganancias en su párrafo séptimo establecía que las diferencias de impuestos provenientes de ajustes practicados en determinaciones de oficio de AFIP, debían imputarse en el balance impositivo en que se determinasen o pagasen, según el método utilizado por el contribuyente para la imputación de gastos (devengado o percibido). Vinculado con ello, fue la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo Scania Argentina SA el 08/06/2010, la que generó la doctrina de la deducción como gasto del ajuste en el momento de la simple determinación fiscal, sin tecnicismos ni condiciones, señalando lo que en definitiva legislaba el propio el Articulo 18 de la Ley de Ganancias respecto al concepto bajo análisis. Ahora bien, como mencionamos al principio, es la Ley 27.346 la que incorpora un cambio legislativo, con un notorio y marcado alejamiento de la doctrina sentada por el fallo antes citado. La nueva redacción del séptimo párrafo establece como momento de la deducción de los ajustes fiscales el de su exigibilidad, postergando su deducibilidad en la declaración jurada del contribuyente hasta el momento que exista sentencia judicial, al menos de primera instancia.
Temas:
 - TESIS  - IMPUESTO A LAS GANANCIAS  - ASPECTOS FISCALES  - REFORMA FISCAL 
Acceso en línea:
Disponible además en SEDICI- http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/124369;
Idioma:
Español
País:
Argentina
Lugar, editor y fecha:
La Plata : [s.n.], 2019
Páginas:
46 p.
Nota de tesis:
(Especialización en Tributación)- Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Ciencias Económicas. 2019
Nivel Bibliográfico:
Monográfico
Tipo de documento:
Tesis

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